Finalidades del Fondo Mixto de Promoción Turística del D.F.
De acuerdo al Artículo 43 de la Ley de Turismo del Distrito Federal, son finalidades del Fondo:
- Contribuir a la realización oportuna y eficaz, de los programas de Promoción Turística de la Secretaría, con la anticipación que requieren las campañas, temporadas y eventos turísticos;
- Implementar programas para promover, fomentar y mejorar la Actividad Turística y la imagen de la Ciudad de México, a través de la elaboración y difusión de campañas de promoción y publicidad nacional e internacional.
- Evaluar la viabilidad de los proyectos antes de que se sometan a la consideración de su Comité Técnico, a través del Sub-Comité de Evaluación de Proyectos;
- Apoyar a la Secretaría (de Turismo del D.F.), en el desarrollo de los programas para promocionar, fomentar y mejorar la Actividad Turística de la Ciudad de México, a través de la elaboración y difusión de campañas de promoción y publicidad turística nacional e internacional
- Adquirir valores emitidos para el fomento del turismo, por instituciones del sistema financiero o por empresas dedicadas a la actividad turística;
- Elaborar y presentar ante el Comité Técnico, informes de actividades y, a través de su fiduciario, estados contables y financieros;
- Gestionar y obtener todo tipo de financiamiento que requiera para lograr su objeto, otorgando las garantías necesarias;
- Vender, ceder y traspasar derechos derivados de créditos otorgados;
- Publicar los informes de actividades y los estados contables y financieros; y
- En general, todas aquellas que permitan la realización de sus finalidades.
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