transparencia
Transparencia |
Artículo 13 |
Artículo 14 |
Artículo 15 |
Artículo 18 BIS |
Artículo 25 |
Artículo 27 |
Artículo 28 |
Artículo 29 |
Artículo 30
Artículo 14
Los Entes Obligados deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
- I. Marco normativo.
- II. Estructura orgánica.
- III. Funciones, objetivos y actividades relevantes.
- IV. Directorio de Servidores Públicos.
- V. Perfil de los puestos de los servidores públicos y la currícula.
- VI. Remuneraciones bruta y neta mensual.
- VII. Viáticos y gastos de representación mensual.
- VIII. Relación de los bienes asignados y el monto a que ascienden los mismos, superiores a los 350 salarios mínimos.
- IX. Relación del número de recomendaciones emitidas por el Instituto al Ente Obligado.
- X. Presupuesto asignado en lo general y por programas.
- XI. Calendarización, las minutas y las actas de las reuniones públicas.
- XII. Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, de los servidores públicos encargados del Comité de Transparencia y de la Oficina de información pública.
- XIII. Instrumentos archivísticos y documentales.
- XIV. Relación del número de recomendaciones emitidas al Ente Obligado por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
- XV. Informes de auditorías y revisiones.
- XVI. Dictámenes de cuenta pública y estados financieros.
- XVII. Convenios institucionales celebrados por el Ente Obligado.
- XVIII. Respecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, vigencia, el tipo, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;
*El Fondo Mixto de Promoción Turística tiene como función primordial implementar, asesorar y financiar los planes, programas y acciones de Promoción Turística del Distrito Federal, y a partir de su creación el 16 de noviembre de 1998 al 31 de Enero de 2016, esta Entidad no ha realizado Concesiones, Licencias, Permisos y autorizaciones.
- XIX. Informes que debe rendir el ente obligado.
- XX. Servicios y programas que se ofrecen.
- XXI. Sobre los programas de apoyo o subsidio deberá difundirse el diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiarias;
*La función del fondo mixto de promoción turística de conformidad con el artículo 42 de la ley de turismo del distrito federal es implementar, asesorar y financiar los planes, programas y acciones de promoción turística del distrito federal, por lo cual no cuenta con programas de apoyo o subsidio, por lo tanto no tenemos un padrón de personas beneficiarias.
- XXII. Montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes se les entregue o permita usar recursos públicos.
- XXIII. La relacionada con los programas y centros destinados a la práctica de actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades; NO APLICA. La función del fondo mixto de promoción turística de conformidad con el artículo 42 de la ley de turismo del distrito federal es implementar, asesorar y financiar los planes, programas y acciones de promoción turística del distrito federal, razón por la cual no se cuenta con una relación de programas y centros destinados a la actividad física, ejercicio y deporte, toda vez que no son competencia de esta entidad.
- XXIV. Programas operativos anuales o de trabajo.
- XXV. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.
- XXVI. Cuenta Pública.
- XXVII. Resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza.